Sustitución de la Disposición Transitoria del Acuerdo INMOBILIAR-ACUERDO-2014-002

TRÁMITE SUCESIONES INTESTADAS A NIVEL NACIONALSustitución de la Disposición Transitoria del Acuerdo  INMOBILIAR-ACUERDO-2014-002

El Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, informa a las Instituciones Públicas que:

Mediante Memorando No. INMOBILIAR-CGAF-DIDA-2014-0071-M de 08 de julio de 2014, se dio a conocer a las autoridades de la Institución el Acuerdo No. INMOBILIAR-2014-0014 del 03 de julio de 2014, el mismo que en su Artículo Único, se sustituye la Disposición Transitoria del Acuerdo INMOBILIAR-ACUERDO-2014-002, dictado el 12 de febrero de 2014, publicado en el Registro Oficial, Edición Especial No. 103 de 26 de febrero de 2014, en el cual se emitió el “MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS PARA USO, GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS EDIFICACIONES DEL SECTOR PÚBLICO», por la siguiente:

Disposición Transitoria.- El Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, transcurrido el plazo de 180 días a partir de la vigencia del presente Acuerdo, iniciará el proceso de supervisión y diagnóstico a las instituciones comprendidas en el artículo 1 de este instrumento, con el objeto de determinar los mecanismos aplicables para el cumplimiento del Manual.

En virtud de los resultados del proceso de supervisión, el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, elaborará el respectivo informe técnico, el cual se comunicará a la máxima autoridad de la entidad.

Excepcionalmente INMOBILIAR, antes del vencimiento del plazo contenido en ésta disposición y a petición debidamente motivada de la máxima autoridad de la Institución objeto de supervisión, podrá considerar la aplicación de excepciones por razones técnicas y jurídicas en cada caso, en relación con la aplicación del Manual.